REGLAMENTO DE ESTUDIANTES Y DOCENTES
Se constituye una serie de derechos y deberes estipulados en un reglamento general, parte integral del proyecto educativo institucional, para los docentes y estudiantes del instituto de inglés CONNECTIONS, con el propósito de regular las relaciones entre estudiantes y la institución. Siendo el estudiante del instituto de inglés CONNECTIONS, un ser autónomo con responsabilidad, este reglamento no pretende ser un compendio de normas y prohibiciones sino una orientación al desarrollo de valores y principios los cuales rigen la sana convivencia y el crecimiento armónico de nuestra institución.
Este reglamento es aplicable a toda persona que posea las cualidades de estudiante regular y docente vinculado con el instituto.
El instituto de inglés CONNECTIONS, se reserva el derecho a cancelar un curso sino se completa el cupo mínimo de estudiantes estipulado por el mismo; al igual que se reserva el derecho de admisión.
ARTÍCULO 1. Estudiante regular del instituto
Es estudiante del instituto de inglés CONNECTIONS, la persona que posea matricula vigente para cursar cualquiera de los programas académicos ofrecidos por el instituto.
No es estudiante del instituto de inglés CONNECTIONS la persona que:
a) Incumpla con las obligaciones y deberes estipulados por el instituto.
b) Por decisión del consejo directivo o el director se le cancele la matricula o se expulse debido a motivos disciplinarios.
c) Por inasistencia o bajo rendimiento académico pierda el derecho de continuar en el instituto.
d) por cuestiones de salud, con previo dictamen médico, enfermedad física o mental quede excluido de la institución.
ARTÍCULO 2. Deberes de los estudiantes
Además de los deberes consagrados como fundamentales en la Constitución nacional, son deberes de los estudiantes del instituto de inglés CONNECTIONS:
a) Cumplir con todos los reglamentos, normas y procedimientos establecidos por la institución y respetar el buen nombre dentro y fuera de la misma. El desconocimiento de esta información no exime al estudiante de su cumplimiento.
b) Ofrecer un trato respetuoso al personal académico y administrativo del instituto, a estudiantes y a todas las personas vinculadas directa o indirectamente con la institución respetando sus libertades de pensamiento, expresión y asociación.
c) Obtener un nivel de excelencia académica, siendo el agente principal en su formación integral y respondiendo con honestidad y responsabilidad a las exigencias educativas propuestas por el instituto.
d) Cumplir con los horarios de clases establecidos por el programa y participar activamente en todas las actividades curriculares y extracurriculares propuestas por el personal docente. Cuando el número de inasistencias sea equivalente al 30% del total de las clases programadas, el estudiante perderá el curso o nivel con nota de uno punto cero (1.0).
e) Utilizar de forma adecuada todos los servicios y bienes ofrecidos por el instituto, cuidando y protegiendo las instalaciones y todo lo que en ellas exista y responsabilizarse por los daños que dentro de la institución ocasione.
f) Cancelar oportunamente las exigencias económicas que le correspondan como estudiante de la institución.
g) No ingresar ni portar ningún tipo de arma, licor y/o substancias psicoactivas, o estar bajo los efectos de alguno de ellos dentro de la institución.
h) No fumar ni consumir alimentos dentro de las aulas de clase o en espacios dentro de la institución que no estén destinados para estos efectos.
i) Acatar las sanciones académicas y disciplinarias que le impongan las autoridades de la institución con responsabilidad.
j) No realizar ninguna actividad comercial dentro de la planta física de la institución sin la debida autorización por parte del personal directivo.
ARTÍCULO 3. Derechos de los estudiantes
Además de los derechos consagrados como fundamentales en la Constitución nacional, son derechos de los estudiantes del instituto de inglés CONNECTIONS:
a) Ser tratado respetuosamente por parte de toda la comunidad institucional como corresponde a su dignidad humana.
b) Expresarse libremente de manera individual y colectiva gozando de las libertades institucionales y constitucionales legalmente establecidas sin ningún tipo de presión o acoso por parte de cualquier persona dentro de la institución.
c) Demandar calidad y un alto nivel en los procesos de formación académica que la institución ofrece de acuerdo a lo estipulado en el proyecto educativo interno.
d) Hacer uso de todos los servicios, bienes, estructura y planta física que la institución ofrece de forma adecuada, de acuerdo a los parámetros y normas establecidas por la institución, beneficiándose activamente para su formación integral.
e) Consultar y conocer los diferentes reglamentos, autoridades, políticas, normas, modificaciones y demás información institucional de forma clara, así como las consecuencias de las mismas.
f) Ser informado previamente sobre los criterios que se emplearán para ser evaluado y calificado conforme a su desempeño académico y disciplinario y conocer los resultados de los exámenes y pruebas que realice.
g) Interponer los recursos a los que haya lugar en contra de las decisiones académicas o disciplinarias que lo afecten y ser escuchado en el evento de imputación de faltas por la autoridad competente y juzgado de acuerdo con las normas y procedimientos preexistentes en desarrollo y reconocimiento de las disposiciones sobre el debido proceso.
h) Participar de las actividades curriculares, extracurriculares, culturales y demás que se programen en la institución.
i) Obtener respuesta e información a las peticiones que presente a las instancias institucionales correspondientes, dentro de los plazos establecidos por el instituto.
ARTÍCULO 4. Ingreso a la institución
4.1 INSCRIPCIÓN
Es el primer paso que una persona debe realizar para formalizar su solicitud de admisión a uno de los programas de formación académica ofrecidos por la institución.
4.1.1 La inscripción se realiza mediante el diligenciamiento del formulario de inscripción por parte de la persona haciendo entrega del mismo en la oficina principal o a través del personal administrativo encargado en la misma oficina.
4.1.2 La inscripción de una persona no garantiza la vinculación de la misma a la comunidad institucional; Esta solo gozará de los beneficios como estudiante del instituto hasta que cancele los derechos de matrícula del programa ofrecido, en este caso e de formación académica en inglés.
4.2 ADMISIÓN
Es el proceso mediante el cual el director o concejo directivo de la institución acepta o no la solicitud presentada por una persona inscrita.
4.2.1 La persona admitida se clasificará en el primer nivel del programa académico ofrecido o podrá acceder, si la persona lo desea, al proceso de clasificación el cual lo colocará en el nivel adecuado acorde a sus conocimientos y habilidades del idioma inglés. Este proceso incluye una entrevista personal con un docente o formador de la institución y una prueba escrita de conocimientos generales del idioma. El proceso de clasificación tiene un valor de cinco mil pesos colombianos ($5.000) que la persona deberá cancelar en la oficina principal de la institución.
4.2.2 La institución se reserva el derecho de admisión o renovar la matricula a quien haya sido expulsado o sancionado de la misma.
4.2.3 La persona que cumpla con el total de los requisitos y procesos de inscripción podrá acceder al proceso de matrícula.
4.3 MATRÍCULA
Es el proceso que una persona inscrita y admitida realiza para oficializar su vinculación con la institución, adquiriendo la calidad de estudiante de la misma, quedando adscrito a un programa de formación académica y con el compromiso de cumplir con los requerimientos académicos, económicos, legales, estatutarios y normas de la institución.
4.3.1 La vigencia de la matricula corresponderá al periodo académico establecido por la institución y deberá renovarse para períodos posteriores dentro de los términos y los plazos que establezca la misma.
4.3.2 El proceso de matrícula se realizará en las fechas establecidas de acuerdo al programa académico ofrecido.
4.3.3 Para hacer oficial el proceso de matricula la persona deberá realizar el pago de derechos de matrícula en los términos y plazos establecidos por la institución.
4.3.4 Si la persona accedió al proceso de clasificación deberá presentar los resultados de las pruebas para ser aceptado en el nivel correspondiente.
4.3.5 Para poder matricularse al nivel siguiente la persona deberá presentar el certificado de aprobación del nivel anterior. Si la persona permaneció desvinculada académicamente de la institución por más de 6 meses, deberá presentar el examen de clasificación que lo colocará en el nivel correspondiente a sus conocimientos y habilidades del idioma.
4.3.6 Se le aplicará matricula condicional a la persona que el director o consejo directivo de la institución considere, de acuerdo a su comportamiento disciplinario mostrado en el transcurso del periodo académico.
Si el comportamiento inadecuado de esta persona continua dentro de la institución, a pesar de las condiciones impuestas, el director o consejo directivo tendrá el derecho de sancionarla o expulsarla de la misma.
4.3.7 El estudiante que por razones justificadas no pueda cursar el nivel al cual se matriculó, puede solicitar el retiro temporal del programa académico y obtener una reserva de cupo para el siguiente periodo establecido por la institución.
4.3.8 La persona que no pueda cursar el nivel después de haber cancelado los derechos de matrícula y desee el reembolso del dinero, deberá realizar una petición formal ante el director o consejo directivo de la institución, quien determinará el porcentaje de reembolso de acuerdo con los reglamentos estipulados a continuación:
a) Si la petición se presenta durante de los primeros cinco (5) días de clase, después de haber iniciado el periodo académico, se le devolverá el 90% del valor total cancelado.
b) Si la petición se presenta después de los primeros cinco (5) días de clase, después de haber iniciado el periodo académico, no habrá reembolso por parte de la institución, pero la persona tendrá la opción de acumular el 100% del valor de la matricula para el siguiente periodo de clases estipulado por el instituto.
ARTÍCULO 5. Asistencia a clases
La persona que haya realizado satisfactoriamente el proceso de matrícula tiene el deber y el derecho de asistir a todas las actividades académicas programadas, luego tiene la obligación de asistir puntualmente a los horarios de clase establecidos por el programa académico correspondiente.
5.1.1 La institución considera que la inasistencia de un estudiante a las actividades académicas programadas impiden un rendimiento académico adecuado en su proceso de formación integral. El profesor controlará la asistencia del estudiante a las sesiones de clases tomando nota de las ausencias.
5.1.2 Cuando el porcentaje de inasistencias a las clases exceda el 30% del porcentaje total de clases programadas, el estudiante perderá el nivel correspondiente y obtendrá automáticamente una nota definitiva de uno punto cero (1.0).
5.1.3 Solo las excusas de extrema gravedad o problemas de salud presentados con la excusa médica correspondiente, justificarán la inasistencia a las clases de un estudiante, y deberán presentarse por escrito ante el docente encargado, el director o consejo directivo de la institución. La excusa admitida le da el derecho al estudiante de presentar trabajos, exámenes o pruebas académicas que se hayan realizado el día que no asistió.
ARTÍCULO 6. Evaluaciones académicas
La evaluación es el proceso que tiene como finalidad calificar o determinar el rendimiento, los conocimientos, las aptitudes, o el grado de eficiencia, con que han sido empleados los recursos destinados a alcanzar los objetivos previstos, generando la posibilidad de adoptar medidas correctivas que garanticen el cumplimiento adecuado de las metas propuestas por el programa académico.
6.1 Los diferentes tipos de evaluaciones o exámenes que se practicarán en la institución serán individuales y podrán ser de forma oral o escrita, tareas, trabajos, ensayos, exposiciones o cualquier otro procedimiento que el docente encargado considere adecuado para medir el aprendizaje del estudiante y su dominio de los conceptos del nivel.
6.1.1 Cualquier tipo de fraude o intento de fraude comprobado por el docente en algún examen o evaluación se considera como una falta grave y el estudiante recibirá automáticamente la calificación de cero punto cero (1.0).
6.1.2 Los exámenes se clasifican de la siguiente manera:
a) Examen de clasificación: es el examen mediante el cual la persona tiene la oportunidad de acceder al nivel acorde a sus conocimientos y habilidades en el idioma según los resultados del mismo. Este examen incluye una entrevista personal con un docente o formador de la institución y una prueba escrita de conocimientos generales del idioma y se debe presentar antes de iniciadas las clases del programa académico.
b) Quizes: exámenes cortos que miden el rendimiento académico en temas puntuales. Se pueden aplicar en cualquier momento durante el periodo académico y podrán efectuarse con o sin previo aviso según lo determine el docente encargado.
c) Parciales: exámenes que abarcan la totalidad del contenido analítico visto hasta el periodo respectivo y se aplicarán en las fechas establecidas por el programa académico.
d) Final: examen que se aplica al final del periodo académico y abarca la totalidad del contenido analítico del nivel correspondiente. Este se realizará en las fechas establecidas por el programa académico.
e) Supletorios: examen que se aplica al estudiante que con excusa justificada y admitida no pudo presentar el examen programado, y se realiza en fechas posteriores a las programadas oficialmente en el calendario académico para los exámenes parciales y finales.
ARTÍCULO 7. Calificaciones
7.1 Las calificaciones son asignaciones numéricas aplicadas a los exámenes establecidos y se clasifican en la escala de uno (1) a cinco (5) con solo una cifra decimal. Si en el cómputo o sumatoria la segunda cifra decimal después del punto es igual o superior a cinco se aproxima a la décima inmediatamente superior, y la fracción inferior a cinco se aproxima a la décima inmediatamente inferior. Ejemplo: si la sumatoria arrojó 2.96 se aproxima a 3.0, y si fue 3.21 se aproxima a 3.2.
7.1.1 El estudiante que esté inconforme o en desacuerdo con la calificación recibida, tendrá la opción de una segunda revisión correspondiente por parte del docente encargado. Esta solicitud no se aceptará pasados los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de publicación o muestra de la nota. Si el estudiante continúa inconforme con la calificación recibida, podrá dirigir su solicitud al director o consejo directivo de la institución.
7.1.2 Una vez terminado el nivel, se calculará un promedio de todas las calificaciones registradas por el docente para cada estudiante regular con base en los porcentajes asignados a cada una de las evaluaciones y las respectivas calificaciones obtenidas y se obtendrá una calificación final para cada uno de ellos. La calificación para aprobar el nivel es de tres punto cero (3.0). Si la nota final del nivel es igual o mayor a 3.0, el estudiante podrá acceder y cursar el nivel siguiente según el programa académico establecido. En cambio, si la nota final del nivel es igual a 2.9 o menor, el estudiante deberá repetir el nivel ya que no alcanzó los objetivos propuestos por el programa académico.
ARTÍCULO 8. Disciplina
8.1 El instituto de inglés CONNECTIONS, por ser un ente social que integra personas provenientes de diferentes experiencias, necesita de un sistema organizado de disciplina que garantice el orden y el buen funcionamiento de la comunidad educativa; por lo tanto se establece un código de conducta que deberán observar y cumplir tanto estudiantes como el personal docente y administrativo.
8.1.1 Las personas que sean cómplices, incitadoras, partícipes o encubridoras de las faltas disciplinarias y de comportamiento establecidas en el reglamento o en la constitución colombiana serán tratadas de igual manera a las personas que incurran en la falta.
8.1.2 Se consideran como faltas disciplinarias, las siguientes:
a) El comportamiento irrespetuoso a través de ofensas de palabra o de obra contra cualquier otra persona de la comunidad educativa.
b) Cualquier tipo de fraude o intento de fraude comprobado por el docente en algún examen trabajo o evaluación.
c) Interrumpir o impedir el desarrollo de las clases obstaculizando la enseñanza y el proceso académico y administrativo de la institución, tanto dentro de las aulas de clase como en cualquier espacio físico de la misma.
d) Ingresar o portar algún tipo de arma, licor, estupefaciente, substancias psicoactivas o estar bajo los efectos de alguno de ellos dentro de la institución.
e) Fumar o consumir alimentos dentro de las aulas de clase o en espacios dentro de la institución que no estén destinados para estos efectos.
f) Realizar cualquier actividad comercial dentro de la planta física de la institución sin la debida autorización por parte del personal directivo.
g) Causar algún tipo de daño a los bienes, servicios o cualquier material físico que se encuentre dentro o pertenezca a la institución, estudiantes, personal docente o administrativo, así como el uso indebido de alguno de estos. La persona deberá hacer el reparo y cubrir los gastos económicos correspondientes si necesario.
h) El comportamiento o acción que ponga en peligro o riesgo la seguridad o la integridad personal y/o moral de cualquier persona dentro de la institución.
i) La conducta o comportamiento que atente de cualquier forma contra el buen nombre y la dignidad de la institución.
j) Hurtar cualquier bien u objeto de propiedad de la institución, estudiante, personal docente, administrativo o de cualquier persona dentro y en los alrededores de la institución.
k) El plagio, falsificación o alteración indebida de documentos académicos o administrativos, así como la obtención y divulgación de contenidos de los exámenes o evaluaciones académicas.
l) Mentir o timar sobre el cumplimiento de requisitos académicos, administrativos y financieros establecidos por la institución.
m) Injuriar, amenazar o acosar directa o indirectamente a estudiantes, personal docente o administrativo de la institución.
n) Realizar cualquier tipo de delito según la legislación penal colombiana, cometido en contra de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, dentro o en los alrededores de la institución.
8.2 El estudiante que incurra en una o varias faltas y esté en desacuerdo con la decisión impuesta por el docente encargado, tendrá el derecho de ser escuchado y aportar pruebas en su defensa ante el director o consejo directivo antes de que alguno de estos decida imponer o no una sanción.
8.3 Después de determinar la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta daños, perjuicios, circunstancias agravantes o atenuantes y antecedentes disciplinarios del estudiante, la sanción o sanciones serán aplicadas proporcionalmente a la falta cometida, las cuales tienen un propósito y carácter formativo.
8.3.1 Para las faltas cometidas por un estudiante y consideradas como leves las sanciones serán:
Amonestación verbal o llamado de atención por parte de cualquier integrante del personal docente, director o consejo directivo de la institución.
Retiro del estudiante del aula de clase o de la institución por parte del docente encargado si la falta se presenta dentro o en relación a las mismas.
Amonestación escrita si la persona incurre repetidamente en una de las faltas cometidas.
8.3.2 Para las faltas cometidas por un estudiante y consideradas como graves, el docente tiene el deber de comunicar la situación al director o consejo directivo y las sanciones serán:
1) Amonestación escrita por parte del director o consejo directivo de la institución y matrícula condicional durante el resto del nivel y el siguiente.
2) Retiro indefinido o expulsión del estudiante de la institución, con cancelación de su matrícula y sin derecho a ser admitido nuevamente a cualquiera de los programas académicos ofrecidos.
8.4 El desconocimiento del reglamento y código de conducta no justifica la falta cometida, ni exonera al estudiante de recibir la sanción correspondiente.
8.5 Al aplicar sanciones disciplinarias se tomarán en cuenta criterios atenuantes como la antigüedad del estudiante en la institución, confesión o colaboración que permitan el proceso de investigación y disminución de las consecuencias causadas, así como la carencia de antecedentes disciplinarios.
ARTÍCULO 9. Constancia y Certificado
9.1 El instituto de inglés CONNECTIONS, otorgará las constancias y certificados a los estudiantes que satisfactoriamente cumplan con los objetivos académicos y requisitos administrativos correspondientes a los programas ofrecidos en las fechas establecidas por la institución.
9.1.1 El instituto de inglés CONNECTIONS, concederá constancias y certificados a los estudiantes que cumplan con los requisitos a continuación:
La institución otorgará una constancia a los estudiantes que hayan aprobado alguno o algunos de los niveles del programa formación Académica en inglés.
Encontrarse a paz y salvo respecto a todas las exigencias administrativas, legales y económicas de la institución.
Cumplir con los procesos, procedimientos y requisitos establecidos por la institución.
El instituto otorgará el certificado por conocimiento académico en inglés a los estudiantes que hayan culminado satisfactoriamente todos los 16 niveles, que equivalen a 640 horas, del programa FORMACIÓN ACADÉMICA EN INGLÉS.
9.2 El estudiante podrá recibir su constancia o certificado en la oficina de registro académico de la institución.
ARTÍCULO 10. Vigencia El reglamento del instituto de inglés CONNECTIONS, regirá a partir de la fecha de su aprobación y solo podrá ser modificado o interpretado con autoridad por parte del director o consejo directivo de la institución y de los estudiantes.